El gerente del Servicio ExtremeƱo de Salud (SES), Ceciliano Franco, y la presidenta de la Asociación de Donantes de MĆ©dula Ćsea de Extremadura (ADMO), Virtudes Carrasco, han firmado este martes un convenio de colaboración para atender a donantes y pacientes oncohematológicos y sus familiares. El convenio tendrĆ” una vigencia de tres aƱos.
Uno de sus objetivos es ayudar a estos pacientes, a la vez que informar y acompañar a las personas que deciden hacerse donantes de progenitores hematopoyéticos, emprendiendo acciones en el Ômbito social a través de la Ley del Voluntariado. Cabe recordar que esta ley que da cobertura a una acción voluntaria «sin adjetivos, sin excluir ningún Ômbito de actuación».
ADMO es una entidad sin Ônimo de lucro que proporciona herramientas para favorecer la adaptación al proceso de enfermedad y tratamiento a pacientes oncohematológicos y a sus familiares, por lo que el SES orientarÔ sobre estos servicios y recursos a los pacientes y familiares que acuden a sus hospitales.
Nos unimos a @admoextremadura en la #SEMANAEUROPEACONTRALALEUCEMIA 2022.
👉La primera actividad programada serĆ” esta tarde Ā«CHARLA
SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PACIENTESā, que se celebrarĆ” en la Fundación Dolores Bas y serĆ” retransmitida vĆa streaming. pic.twitter.com/dgtAEKOJVCā A.F.A.L (@AFAL6) June 16, 2022
El SES tiene como fin mejorar la situación del paciente con esta enfermedad y su entorno, ha subrayado la Junta en nota de prensa.
El convenio permitirÔ un acompañamiento mÔs integral a la persona con enfermedad oncohematológica y a sus familiares, siempre y cuando las personas lo requieran de forma libre y voluntaria, y no exista impedimento para ello.
AsĆ, va a hacer posible el descanso fĆsico y emocional a la persona cuidadora y apoyar emocionalmente a la persona con enfermedad oncohematológica y a su familia. Con todo, se pretende facilitar la expresión de emociones asociadas con el diagnóstico y el proceso de la enfermedad.
De igual modo, se realizarÔn actividades de animación y entretenimiento lúdico y educativo para facilitar la estancia de la persona enferma en el centro sanitario.
SegĆŗn se establece en el convenio, el SES designarĆ” un representante que actuarĆ” como interlocutor entre el personal de los centros sanitarios y el personal de ADMO.
Por su parte, la entidad elegirÔ a una persona como coordinadora del voluntariado, que responderÔ de la actuación de sus miembros y serÔ la representante de ADMO en la interlocución con el SES.
El SES permitirÔ al personal y voluntariado de ADMO acceder a las instalaciones de los centros sanitarios, previa identificación, para la realización de las actividades contempladas en los programas de voluntariado desarrollados por la entidad, según los horarios los horarios de que disponga la dirección del Ôrea de salud correspondiente.
Ambas partes se obligan a prestar al personal voluntario la información, formación, orientación y apoyo necesarios para el ejercicio de las funciones que se les asignen. AdemÔs, deberÔn rechazar cualquier contraprestación material que las personas bebeficiarias, o de cualquier otra persona relacionada con ellos, pudieran ofrecerles, como remuneración de sus actividades voluntarias.
Para terminar, serÔ obligación de las partes, asà como del personal que interviene en nombre del mismo, tomar aquellas medidas destinadas a garantizar el respeto y la confidencialidad de los datos a los que se tenga acceso.