Los terrenos forestales calcinados por el fuego del pasado 10 de agosto en varios municipios de la Sierra de Gata han sido declarados este miércoles Zona de Actuación Urgente (ZAU) por el Consejo de Gobierno.
Se trata de una superficie de 1.008,82 hectáreas en los términos municipales de Gata (238,26 hectáreas), Santibáñez el Alto (250,71 hectáreas), Torre de Don Miguel (348,25 hectáres) y Villasbuenas de Gata (171,60 ha).
Con esta situación, y para «minimizar los efectos perjudiciales del fuego sobre el ecosistema», se ha dado luz verde a la contratación de actuaciones de emergencia que tienen como objetivo minimizar la erosión provocada por la lluvia y evitar así el arrastre de suelo y nutrientes, la retirada de la madera quemada para evitar la propagación de enfermedades y plagas, y acciones para favorecer la regeneración de la cubierta vegetal.
La Consejería de Agricultura y Desarrollo Rural contempla un Plan de Actuación para la zona y corre a cargo de los gastos de estos trabajos. Además, han sido declarados de y de utilidad pública, por lo que se actuará en terrenos tanto de titularidad pública como privada y estén gestionados o no por la Administración regional, por lo que se deberá permitir la entrada y permanencia de los operarios en los mismos, según explica el Ejecutivo regional.
Madera afectada
Además, los titulares de los terrenos podrán cortar y extraer la madera quemada. Además, contarán con un plazo de tres meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura (DOE).
En el caso de que la madera no sea retirada en ese plazo, la Administración incluirá su extracción entre los trabajos para la ejecución del Plan de Actuación.
De la misma forma, los ayuntamientos titulares de Montes de Utilidad Pública a podrán contratar de emergencia el aprovechamiento de la madera, para lo cual deberá completarse su retirada en un plazo de tres meses, prorrogable por otros tres si el contrato no pudiera ejecutarse por causas ajenas al contratista, y en todo caso antes de que se inicien los trabajos incluidos en el plan de actuación en la zona concreta.
Por último, también se autoriza el pastoreo en las zonas en las que actualmente se está llevando a cabo, siempre con cargas ganaderas iguales o inferiores a las actuales.