El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este miércoles el Real Decreto por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, el Dolmen de Guadalperal. Cabe recordar que el yacimiento está en el término municipal de El Gordo (Cáceres), por lo que desde esta jornada tiene efectos plenos.
El Dolmen de Guadalperal es un conjunto megalítico localizado en terrenos que tienen la condición de dominio público hidráulico, dentro de la zona inundable del embalse de Valdecañas, en El Gordo.
Dada la situación geográfica del dolmen, la mayor parte del año se encuentra sumergido bajo las aguas del embalse y aflora solamente en periodos de sequía prolongada o con motivo de los desembalses como consecuencia de los acuerdos suscritos entre España y Portugal para la regulación del caudal del río Tajo.
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El Dolmen de Guadalperal y su contexto arqueológico constituye uno de los ejemplos «más notables de megalitismo» de la cuenca media del río Tajo, excavado y estudiado por Hugo Obermaier, una de las figuras «más importantes» de la investigación geológica y arqueológica de su tiempo. Además, se trata de un «ejemplo pionero» de intervención de restauración en un yacimiento arqueológico, por lo que se considera que tiene «valores suficientes» para su declaración como Bien de Interés Cultural.
Descripción
El Dolmen de Guadalperal toma su nombre de la finca situada en la margen derecha del río Tajo, donde fue descubierto en 1925. Después, entre 1925 y 1927 fue excavado por Obermaier, catedrático de Historia Primitiva del Hombre en la Universidad Central, que procedió a la restauración, recolocación y estabilización de los ortostatos con hormigón. Asimismo, retiró del material que formaba parte del relleno del túmulo y su protección con una cerca perimetral de ladrillo para impedir la entrada del ganado.
En el año 1963, al empezar la construcción del embalse de Valdecañas, los terrenos ocupados por el dolmen junto al cauce del río Tajo fueron expropiados, incorporándose a la zona de dominio público hidráulico, según señala el BOE.
El dolmen quedó inundado y solo en contadas ocasiones ha emergido parcial o totalmente de las aguas del embalse. Las corrientes han arrastrado los materiales solubles o disgregados, dejando a la vista el bosque de ortostatos y el conjunto de bolos de piedra que en origen formaba el túmulo.
Tipológicamente el Dolmen de Guadalperal es un sepulcro de corredor con una cámara funeraria de 5 metros de diámetro y un largo corredor de casi 10 metros de largo y 1,50 metros de ancho. Así, su estructura plantea una triple línea de ortostatos dispuestos de forma concéntrica en torno a la cámara, además de algún ortostato de significado simbólico.
Los materiales arqueológicos hallados en el dolmen y en su entorno señalan la existencia de un hábitat en las inmediaciones del bien. De esta manera, se ha determinado que se trata de industria lítica en sílex y cuarcita de carácter microlítico así como fragmentos de cerámica decorada de cocción reductora con abundantes desgrasantes y un importante conjunto de vasos campaniformes de tipo Ciempozuelos.
Además, el yacimiento de Guadalperal, declarado Bien de Interés Cultural, plantea dos fases distintas: una primera más antigua y otra campaniforme, entre el IV y III milenio a. n. e.
La delimitación establecida para la zona arqueológica del Dolmen de Guadalperal integra tanto el sector donde se localizan las estructuras documentadas, conservadas y visibles, como la superficie de dispersión de materiales arqueológicos en tanto que área susceptible de albergar restos arqueológicos en el subsuelo.
De este manera, quedan protegidos la totalidad de los elementos materiales y contextos arqueológicos que componen el yacimiento.