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Uno de los directores de la entidad reconoció que en el momento de la comercialización no conocía todas las características del producto.

La Delegación de Ausbanc en Extremadura, al frente de la cual se encuentra el letrado Juan Luis Picado, mantiene el pleno de sentencias favorables contra la  comercialización indebida de obligaciones subordinadas de Liberbank. Ya son cuatro las resoluciones judiciales favorables obtenidas a lo largo de este año, y en todas ellas condenan a esta entidad al pago de intereses legales desde la fecha de suscripción del producto, así como al pago de las tasas judiciales y costas, alcanzado un total de 250.000 euros.

El Juzgado de Primera Instancia número 2 de Cáceres ha sido el último en emitir un fallo judicial a favor de nuestros defendidos, un guardia civil jubilado y su esposa, quienes realizaron en 2009 tres operaciones de compra de deuda subordinada. Ambos, con formación básica, responden claramente al perfil de cliente minorista. El afectado incluso llegó a declarar que pensó “que las subordinadas eran una especie de cartilla”.

Un dato muy relevante es que el director de la entidad que colocó las subordinadas reconoció en el acto de juicio que “la idea que tenía en aquel momento era que las subordinadas” eran prácticamente un depósito y que tenían liquidez inmediata, sin que las considerara un producto de riesgo”, lo que denota el poco conocimiento que él mismo tenía sobre el producto que estaba ofreciendo.

Especial consideración merece el tema de la caducidad de la acción, que sigue las ya clásicas Sentencias del Tribunal Supremo, sobre agotamiento de prestaciones. También destaca el hecho de que el juez incluso considera la posibilidad de declarar abusivas las cláusulas pre redactadas del contrato en las que “se reconoce haber sido informado de la  naturaleza y riesgos del instrumento financiero”.

Ausbanc no se cansa de recomendar a los afectados por la compra de obligaciones subordinadas de perfiles conservadores —que no tenían intención de ‘invertir’ su dinero, sino de ‘ahorrarlo’—, que acudan a los tribunales para recuperar el 100% de su dinero.

Eduardo Villanueva /

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