El cacereño Pedro Cordero iba a ser juzgado este mes en aplicación del artículo 36.1 de la Ley 4/2915 (Ley Mordaza) por haber interrumpido un pleno del ayuntamiento en 2015 y decimos iba porque este mismo mes también se ha aplazado su juicio de forma indefinida. El joven y su amiga Alicia Gómez fueron denunciados por el ayuntamiento, según ha afirmado Pedro, tras haber interpelado a los concejales y concejalas del pleno sobre si podían dormir “sabiendo que habían mandado a la cola de Cáritas a 103 familias”, en relación a la decisión del consistorio de no haber cubierto los 163 empleos, solo asumieron 60, de los que le correspondían de la subvención de la Junta de Extremadura para esta materia.

Según aclara a Avuelapluma el letrado de Cordero, Crescencio Canelo, el aplazamiento se ha producido después de que el juez, antes de comenzar el juicio, les ofreciera esta posibilidad debido a que está pendiente la resolución de un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional planteada por, entre otras instituciones, el Parlamento Catalán, al considerar que el artículo citado de dicha ley podía entrar en conflicto con la aplicación del derecho a la libertad de expresión.

Libertad de expresión

Para Pedro, esta decisión del juez es muy positiva porque según el joven, “en estos tiempos en los que lo viejo no acaba de morir y lo nuevo no acaba de nacer es bueno que los jueces remen en una dirección democratizadora” y considera que su acto es “valiente”. No obstante, él es tajante ante la posibilidad de que finalmente el juicio se celebre y sea condenado a pagar la multa solicitada: “estoy tranquilo porque no tengo intención de pagarla”. La multa era de 601 euros que se habrán incrementado por no haber sido abonada en el momento de plazo voluntario.

“Estoy tranquilo porque no tengo intención de pagar la multa”

En su opinión, esta cantidad es excesiva teniendo en cuenta que la Ley a la que se acogió el ayuntamiento para denunciarle “no es de seguridad ciudadana sino que reprime el activismo por las causas justas”. En este aspecto, considera que ese artículo va a frenar, por ejemplo, los movimientos vecinales o estudiantiles. “Esta ley está pensada para atemorizar y el impacto económico de las multas influye a la hora de que los ciudadanos se sumen a las manifestaciones”, precisa Cordero. “Esta ley básicamente nos devuelve a tiempos pasados que no eran buenos para la democracia”, destaca.

Él no se arrepiente de haber actuado como lo hizo porque según cuenta, él no insultó, como se refleja en la denuncia. “Toda mi intervención en ese pleno fue cantar una consigna junto con más personas: ¡Donde están no se ven los empleos del PP!” (Además de lo explicado en el primer párrafo)

Asimismo, considera que la libertad de expresión “es un derecho fundamental por el cual las personas deben ser libres a la hora de pensar y decir lo que cada uno desee sin miedo a ser reprimidas”, aunque es consciente de que debe haber ciertos límites sobre todo, en temas como la xenofobia o el machismo. “Es un derecho que tiene que ser interpretado de forma expansiva y desde el poder, el enfoque que se le da actualmente es bastante restrictivo”, subraya, y añade que, en su opinión, la pregunta que debería formularse sería “qué no se debe decir y qué sí se puede decir en lugar de lo contrario, como pasa ahora”.

Si finalmente el Constitucional dictamina en contra de este artículo, los acusados serían absueltos porque, según Canelo, “estos señores no pueden ser sancionados por un artículo que no es legal”.

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