Europa determina que el uso torta es exclusivo de la DOP Torta del Casar

La Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) ha resuelto que el término ‘torta’, con respecto a los quesos, es exclusivo de la Torta del Casar. De esta forma, el organismo da así la razón al Consejo Regulador en un pleito iniciado en 2012, y que el Tribunal General de la Unión Europea obligó a revisar en sentencia de diciembre de 2017.

Aunque en un primer momento la EUIPO registró la marca ‘Queso y Torta de la Serena’, considerando que el término «torta» simplemente designa la forma redondeada y aplastada de un queso, ha resuelto que el recurso presentado por la DOP Torta del Casar debe ser admitido en su totalidad, denegando así en todos sus términos el registro de la marca solicitada.

En la revisión de todo el proceso que ordenó del Tribunal General, que junto al Tribunal de Justicia de la UE son los máximos intérpretes de los Reglamentos de la Unión Europea, ha sido de vital importancia el informe pericial encargado por la propia EUIPO al profesor Ángel Martínez Gutiérrez, catedrático de derecho mercantil en la Universidad de Jaén, que señaló en sus conclusiones que «el término ‘torta’ no presenta carácter genérico con relación a los quesos».

«Muy al contrario, confirmando nuestra hipótesis de trabajo inicialmente expresada, este término gozaría de una significación a mayores, al informar de la forma típica de un queso procedente de la comarca de El Casar» (sic), insiste el profesor.

 
 
 
 
 
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Fin de la batalla legal 

El Consejo Regulador, según recuerda su presidente, Ángel Pacheco, «lleva años inmerso en una batalla legal que muchos nos dijeron era inútil, que estaba perdida de antemano». En este sentido, ha subrayado que «ya ha terminado, se ha ganado, y a partir de ahora nadie fuera de la DOP debería ni usar ni tratar de registrar ‘torta’ para comercializar quesos».

Actualmente, la Torta del Casar tiene un nuevo caso de solicitud de registro de marca para quesos, ‘Torta Cana’, que Pacheco espera que «sea efímero, ya que nada más ser detectado, se ha procedido a impugnar aportando como documento principal esta sentencia de Europa».

Por su lado el director del Consejo, Javier Muñoz, ha detallado que «el Tribunal General de la UE admitió el recurso de la DOP porque la EUIPO no había valorado correctamente la cuestión de ‘si el término torta era una denominación tradicional no geográfica o si había devenido en genérica’, cuestiones que ahora la oficina de marcas, tras un análisis a fondo de las pruebas e informes presentados, ha clarificado».

«La resolución es tajante», sentencia Javier Muñoz, que apostilla que ‘torta’ es «una denominación tradicional ligada a la DOP Torta del Casar, y no un término genérico, por lo que está protegida por la legislación de la Unión Europea frente a usos comerciales en quesos», resume el director.

Consecuencias futuras

El Consejo Regulador espera que esta resolución de Europa, que ya es firme, mueva a las autoridades competentes a eliminar el uso indiscriminado de la palabra ‘torta’ en quesos, porque solo así se cumpliría la resolución que viene a preservar la Denominación de Origen Protegida (D.O.P.) ‘Torta del Casar’, un bien inmaterial de dominio público según lo define la legislación extremeña.

Sin embargo, el propio Consejo Regulador va a fomentar todos aquellos procesos que «sean necesarios para agilizar la aplicación de la resolución», señala Muñoz. «Este ha sido un proceso largo y muy caro, y ahora toca hacer valer en toda su amplitud el trabajo realizado, que ha demostrado que en quesos Torta solo hay una, la del Casar», concluye el director.

Tanto el texto íntegro de la resolución de la EUIPO, como el informe del catedrático de la universidad de Jaén, D. Ángel Martínez Gutiérrez, pueden ser consultadas íntegramente en la web de la D.O.P. Torta del Casar.

Finalmente, cabe resaltar que los quesos del Consejo Regulador de la Denominación de Origen Protegida (D.O.P.) Torta del Casar se elaboran únicamente en las queserías inscritas en los registros del Consejo Regulador, que día a día trabaja para garantizar el origen y la calidad de esta, controlando la pureza del proceso de elaboración para la plena seguridad y confianza de los consumidores.

La Denominación de Origen Protegida ampara este queso de antigua tradición y cualidades singulares y diferenciadoras. Por eso, cuando se quiera disfrutar de un auténtico queso D.O.P. Torta del Casar, hay que buscar su exclusiva etiqueta de control en la que se une el logotipo del Consejo Regulador al de la Unión Europea, única garantía de que la elección realizada y el reconocimiento internacional.

FuenteEuropa Press/Avuelapluma
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