FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado, ante las autoridades de Consumo de Extremadura y la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), al Festival Extremúsika, que se celebrará en Cáceres del 12 y el 14 de abril, por imponer condiciones abusivas a los asistentes.

En su denuncia ante el Instituto de Consumo de Extremadura, FACUA indica que entre las condiciones generales publicadas en la web del festival se recoge una cláusula que arroja a la promotora del evento, la empresa Extremúsika Progevents SL, la posibilidad de modificarlas unilateralmente, “una condición abusiva que no puede imponer a los asistentes”.

Lo mismo ocurre, añade, con otra de las condiciones generales publicadas en la web de Extremúsika, que indica que “el portador de la pulsera asume personalmente todo riesgo que pueda derivarse del evento y/o de la concentración de público, tanto en el acceso a las zonas del recinto, como durante la celebración de los diferentes conciertos y en la salida del mismo”, lo que incluirá su exención de responsabilidad ante robos o daños causados por terceros.

Ante este hecho, FACUA recuerda que no sólo hay jurisprudencia que determina “la abusividad” de este tipo de cláusulas, sino que la propia Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios recoge en el artículo 86.2 que “en cualquier caso serán abusivas las cláusulas que limiten o priven al consumidor y usuario de los derechos reconocidos por normas dispositivas o imperativas y, en particular, aquellas estipulaciones que prevean la exclusión o limitación de la responsabilidad del empresario en el cumplimiento del contrato, por los daños o por la muerte o por las lesiones causadas al consumidor y usuario por una acción u omisión de aquél”.

En cuanto a la prohibición del festival de entrar con comida y bebidas del exterior, bajo amenaza de ser expulsado del recinto, FACUA advierte que es también una “cláusula abusiva prohibida por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias”.

La Asociación hace constar que si el festival permite el consumo de alimentos y bebidas en sus instalaciones “es abusivo” que no permita que procedan del exterior, “dado que su actividad principal no es la venta de tales productos, sino la celebración de varios conciertos”.

Grabaciones

Y en el escrito presentado ante Consumo FACUA también denuncia la pretensión de Extremúsika SL, según recoge su web, de grabar imágenes de los asistentes «para posibles acciones promocionales y de marketing», y que podrán ser publicadas tanto en la web como en las redes sociales del evento.

Ante este hecho, la asociación recuerda que el evento incluye, además de los conciertos, un servicio de alojamiento en acampada dentro del propio recinto, lo que “podría dar lugar a que los asistentes sean grabados o fotografiados en situaciones que pueden pertenecer a su esfera privada, con imágenes que desvelen ideologías, creencias religiosas u orientaciones sexuales de los asistentes o, lo que es lo mismo, que por parte de la empresa denunciada se gestionen imágenes que puedan desvelar datos personales especialmente protegidos de los asistentes a este evento”.

FACUA añade que lo expuesto “es contrario” al artículo 7 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, que establece en sus apartados 2 y 3 que “sólo con el consentimiento expreso y por escrito del afectado podrán ser objeto de tratamiento los datos de carácter personal que revelen la ideología, afiliación sindical, religión y creencias”. Y es por ello, concluye, que además de denunciarlo ante la autoridad autonómica de Consumo, han presentado una denuncia ante la AEPD.

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