Publicadas las ayuda a la producción de cortometrajes de Extremadura
Fotograma de 'Cefalea', de Maria Sánchez Testón. Archivo.

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) ha publicado en su edición de este lunes la convocatoria de las ayudas de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta para la producción de cortometrajes de la región para 2021.

El importe total de esta convocatoria es de 80.000 mil euros. Cabe aclarar que la cuantía máxima de cada ayuda no será superior a 20.000 euros. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de la convocatoria.

Según indica el DOE, con este programa se contribuye de forma decidida al desarrollo del sector audiovisual extremeño, en todas sus ámbitos y, en ese línea, se apoya a los nuevos creadores, profesionales y empresas de producción audiovisual con el objetivo de facilitar su desarrollo y expansión en el ámbito nacional, europeo e internacional, informa en nota de prensa la Junta de Extremadura.

Los criterios para recibir estas ayudas a los cortometrajes en Extremadura serán la valoración del proyecto de producción, teniendo en cuenta localizaciones y escenarios en la comunidad autónoma; el interés del proyecto y su calidad artística, así como que al menos uno de los personajes principales esté ligado, o bien con la cultura extremeña, o bien con el ámbito territorial extremeño.

De igual forma, se valorará que la acción de la obra audiovisual se desarrolle principalmente en Extremadura; que el tema de la obra audiovisual forme parte o se derive de la cultura o del patrimonio extremeño; que se refiera a personajes o a acontecimientos históricos extremeños; que trate temas actuales, culturales, sociales o políticos de interés para la población de la comunidad autónoma, así como que utilice el patrimonio arquitectónico, arqueológico o natural de la región para reflejar el contexto cultural europeo.

Podrán acceder al régimen de ayudas previstas cualquiera de las empresas de producción cinematográfica y/o audiovisual que tengan la condición de independiente, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.n) de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, que se encuentren establecidas en cualquier Estado Miembro del Espacio Económico Europeo (EEE), e inscritas previamente como tales en la sección primera del Registro de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.

FuenteAvuelapluma/Europa Press
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